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Normatividad en materia de difusión gubernamental ante el inicio de las campañas electorales

La Dirección General Adjunta del Sistema Internet de la Presidencia, emitió un comunicado referente a la normatividad en materia de difusión gubernamental ante el inicio de las campañas electorales, que deberá ser aplicada y observada en el periodo comprendido entre el 30 de marzo y el 1ro. de julio de 2012.

Con base en el Artículo 41, base III, Apartado C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: la propaganda gubernamental deberá suspenderse completamente: "Apartado C: Durante el tiempo que comprenden las campañas federales y locales, y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro medio público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia".

Entre las acciones válidas, se recomiendan:

  • Brindar información relativa a los servicios que se prestan (domicilios, números telefónicos, páginas de internet, etc.). En situaciones de emergencia, dar indicaciones a la población.
  • En comunicados, entrevistas, conferencias de prensa o cualquier otro mensaje público institucional, dar solo mensajes estrictamente informativos o educativos.
  • Internet. Podrán permanecer en internet los portales de los entes públicos, siempre y cuando tengan carácter informativo o de medio para la realización de trámites o servicios y no se emitan, en los mismos, logros a su favor. Se deberá restringir el acceso al histórico de la sala de noticias y redes sociales, así como colocar una leyenda de inicio del sitio web, que informe a los visitantes sobre el cumplimiento de las disposiciones en materia electoral.

Deberá observarse, entre otros puntos:

  • Además de retirar la imagen de "Vivir mejor" y "Gobierno Federal", tanto en texto como en imagen en la página de inicio, y en las páginas internas de los sitios web no se deben incluir referencias visuales o auditivas (logos o menciones expresas) a programas de gobierno y slogans como: "Vivir Mejor" y "Gobierno Federal".
  • Evitar mencionar logros de las entidades de gobierno o los servidores públicos, beneficios que han otorgado y compromisos que han cumplido, con la intención de producir una opinión favorable en la ciudadanía.
  • No hacer alusión alguna al proceso electoral (excepto que sea atribución del funcionario) o manifestaciones que puedan ser consideradas a favor o en contra de un partido político o candidato.

Debe partirse de la premisa de que a partir del 30 de marzo nos encontramos en un entorno restrictivo y observado por los actores políticos, por lo que es necesario que en cada caso se revise que el contenido del mensaje cumpla con las restricciones señaladas, ya que es previsible que, por este entorno, cualquier mensaje pueda ser cuestionado ante las autoridades electorales.

No omitimos mencionar la importancia del cumplimiento de estas disposiciones.

Para mayor información documental, se recomienda descargar los archivos adjuntos a esta nota.

Restricciones a las autoridades y servidores públicos durante el Proceso Electoral

Acuerdo IFE propoganda gubernamental

Guía sobre materia electoral

Oficio DGTEC

Oficio OIC

Prensentación: Restricciones

Comunicado

 

 

 

 

 

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